Mejoras en el ámbito de la discapacidad, en relación a las reformas legales de lucha contra la ocupación irregular y el fraude a la Seguridad Social

A finales de diciembre, el Gobierno español llevó a cabo reformas legales que han afectado diversas leyes laborales para luchar contra la ocupación irregular y el fraude a la Seguridad Social. Entre estos cambios, que ya están en vigor desde el inicio de 2013, algunos han supuesto pequeños avances en materia de discapacidad.

Uno de las mejoras ha sido la adaptación a la terminología utilizada en la ley de adaptación normativa a la Convención de la ONU, y por la normativa comunitaria e internacional para referirse a las personas que tienen algún tipo de discapacidad. En este sentido, destaca la sustitución en el texto normativo 'minusválido' por el de 'persona con discapacidad'.
También se ha agravado la cuantía de la sanción en caso de infracción reiterada de la obligación legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, o de la aplicación de las medidas alternativas de carácter excepcional. Esta medida supone que la sanción se impondrá en su grado máximo cuando, en los dos años anteriores a la fecha de la comisión de la infracción, el sujeto responsable ya hubiera sido sancionado en firme por el incumplimiento de la obligación legal de la reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad o de la aplicación de sus medidas alternativas de carácter excepcional.

Así, la sanción en lugar de situarse en la franja de 626 a 1.250 euros, deberá ser obligatoriamente cinco veces superior, es decir, deberá situarse entre los 3.126 a 6.250 euros. Y además, será compatible con la norma general sobre reincidencia, que permite sancionar con el doble de su cuantía, pudiendo llegar a los 6.250 euros.

Por último, otro avance ha sido la garantía de mantenimiento de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social por la contratación de las personas con discapacidad, tanto en empresas ordinarias como en Centros Especiales de Trabajo.