La nueva Ley de rehabilitación permite ocupar suelo público para instalar ascensores y eliminar barreras en edificios

La nueva Ley de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, que ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado, permitirá ocupar las superficies de espacios libres o de dominio público que resulten indispensables para la instalación de ascensores u otros elementos, cuando no resulte viable, técnica o económicamente, ninguna otra solución para garantizar la accesibilidad universal y siempre que asegure la funcionalidad de los espacios libres, dotaciones públicas y demás elementos del dominio público.
De igual modo, podrán ocuparse, en esas mismas condiciones, superficies comunes de uso privativo, tales como vestíbulos, descansillos, sobrecubiertas, voladizos y soportales, tanto si se ubican en el suelo, como en el subsuelo o en el vuelo.

A tales efectos, añade la nueva ley, los instrumentos de ordenación urbanística garantizarán la aplicación de dicha regla, bien permitiendo que aquellas superficies no computen a efectos del volumen edificable, ni de distancias mínimas a linderos, otras edificaciones o a la vía pública o alineaciones, bien aplicando cualquier otra técnica que, de conformidad con la legislación aplicable, consiga la misma finalidad.

Con esta medida, reclamada por el colectivo de la discapacidad desde hace años y finalmente consagrada en un texto legal, se facilita la solución de graves problemas de accesibilidad en edificios de viviendas en los que resultaba imposible, por razones técnicas o económicas, instalar ascensores u otros elementos análogos. Al autorizarse por ley la ocupación de dominio público (aceras, áreas de aparcamiento o zonas verdes, por ejemplo) podrá dotarse de accesibilidad a inmuebles que carecían de la misma y en los que no podía actuarse por imposibilidad material o económica.