Aprobada la Ley General de la Discapacidad

EL GOBIERNO ESPAÑOL APRUEBA UNA NUEVA NORMATIVA QUE UNIFICA LAS LEYES EXISTENTES SOBRE DISCAPACIDAD EN UNA ÚNICA LEY

El pasado día 3 de diciembre, se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley General de la Discapacidad, una nueva ley que aglutinará a partir de ahora los derechos de las personas con discapacidad, un texto en el que se refunde toda la normativa que hay actualmente en la materia, y que actualiza las normativas siguiendo la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
En concreto, las normativas que refunde esta nueva ley son: la Ley de Integración Social de Personas con Discapacidad (LISMI) de 1982 , la Ley de Igualdad de Oportunidades , no Discriminación y Accesibilidad de 2003, y la Ley para que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades , no discriminación y accesibilidad de las personas con discapacidad de 2007.
Esta normativa nace con la voluntad de consolidar los derechos de las personas con discapacidad en todos los ámbitos sociales y actualizar la terminología y los conceptos a los tiempos actuales. Con ella se supera el concepto asistencial de décadas pasadas, en las que las personas con discapacidad eran objeto de tratamiento y protección social, para que las personas con discapacidad pasen a ser ciudadanos libres y titulares de derechos.
La ley incorpora alguna pequeña novedad como el hecho de que los certificados de discapacidad ya no sólo resaltarán las limitaciones que tienen las personas sino también sus capacidades, y también define, por primera vez, todos los tipos de discriminaciones contra este colectivo, directos e indirectos, ya contempladas, y las respectivas sanciones. Añade además la discriminación por asociación (es decir, cuando una persona o grupo es objeto de trato discriminatorio por su relación con una persona con discapacidad) y acoso (toda aquella conducta que pretenda atentar contra la dignidad de una persona con discapacidad o que cree un entorno intimidatorio, hostil, degradante o humillante), para completar el marco jurídico de prohibición de la discriminación en cualquiera de sus manifestaciones.