PRESTACIÓN ECONÓMICA POR HIJO A CARGO

La prestación económica por hijo a cargo es la misma prestación que se proporciona a las familias que tienen a cargo un o una menor de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Solamente que si una vez cumplidos los 18 años, el adolescente tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65% se podrá seguir percibiendo esta prestación.

Es una prestación económica que proporciona la Seguridad Social a las familias que tienen a cargo un hijo o hija con discapacidad. Para beneficiarse de esta prestación no se exige un límite de ingresos en la unidad familiar. La prestación es de 12 pagas y se percibe el abono de forma mensual.

La prestación por hijo a cargo está exenta del IRPF.

Se diferencian dos cuantías en función del grado de discapacidad:

  • Prestación familiar por hijo o hija a cargo de 18 años o más con disminución igual o superior al 65%. 
  • Prestación familiar por hijo o hija a cargo de 18 años o más con disminución igual o superior al 75% y la necesidad de una tercera persona para la realización de las tareas de la vida diaria.

Requisitos para beneficiarse de la prestación por hijo a cargo

  • Tener cumplidos los 18 años.
  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Solicitud de la prestación por hijo a cargo

Hay que rellenar el modelo de solicitud correspondiente, adjuntar la documentación requerida y presentarlo a cualquier centro de atención e información de la Seguridad Social. 

Es incompatible con la Prestación No Contributiva (PNC).

Podéis acceder a los formularios y la documentación que hay que aportar para tramitar la prestación aquí.