PRESTACIÓN DE ATENCIÓN SOCIAL A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PUA)
La prestación de atención social a las personas con discapacidad (PUA) es una ayuda que proporciona y gestiona el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, que contribuye económicamente en los gastos provocados por la obtención de productos y actuaciones destinadas a promover la autonomía de las personas con discapacidad física, auditiva, visual, intelectual o mental, mejorando así su calidad de vida e integración social.
Tipología de las ayudas:
Ayudas para movilidad
Ayudas para transporte:
- Transporte para la atención precoz
- Enseñanza reglada postobligatoria y formación ocupacional en centros autorizados para alumnos mayores de 16 años
Ayudas para la autonomía personal y la comunicación por discapacidad física, auditiva, visual, intelectual o mental
Requisitos para beneficiarse de las ayudas PUA
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En el caso de los menores de 4 años, deben tener un retraso en el desarrollo madurativo, cuya evolución pueda ocasionar una discapacidad residual según los criterios de los servicios de valoración y orientación.
- Empadronamiento y residencia legal en un municipio de Cataluña durante cinco años, dos de los cuales deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Las personas que no tengan nacionalidad española, o no sean ciudadanos nacionales de algún otro Estado miembro de la Unión Europea, deben acreditar la residencia mediante la autorización para residir que expide la Administración general del Estado.
- En el caso de prestación para transporte para asistir a la atención precoz, el límite de edad queda establecido en 6 años.
- Otras condiciones y requisitos que podréis consultar en el enlace que se proporciona más abajo.
Los requisitos deben mantenerse en el momento en el que se reconoce el derecho a la prestación.
Solicitud de las ayudas PUA
Presentar la solicitud a cualquiera de las Oficinas de registro de entrada y salida de documentos. Hay que pedir cita previa.
También se puede presentar por correo postal.
Esta prestación está sujeta a un presupuesto anual y su tramitación tiene una fecha límite. Por ello, hay que estar pendientes de cuándo se publica la convocatoria para poder realizar la solicitud en las fechas correspondientes.
Plazo convocatoria 2020: del 11 de julio al 10 de septiembre de 2020, ambos incluidos.
Para más información y/o solicitud de la ayuda, podéis consultar aquí.