PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA POR INCAPACIDAD PERMANENTE

Cuando una persona pasa por un proceso de enfermedad o accidente, que dificulta su capacidad laboral, tiene derecho a la prestación contributiva por incapacidad permanente. 

La cuantía que se podrá percibir depende del grado de incapacidad de la persona. Existen estos grados de incapacidad:  

  • Incapacidad Permanente Parcial: provoca al o la trabajadora una discapacidad igual o superior al 33% en el rendimiento normal para su profesión habitual, pero no impide la realización de tareas fundamentales de esta profesión. La prestación económica consiste en una cuantía equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal. 
  • Incapacidad Permanente Total: imposibilita al o la trabajadora la realización de todas las tareas fundamentales de su profesión, aunque puede dedicarse a otra profesión diferente. La prestación económica es una pensión vitalicia equivalente al 55% de la base reguladora, que puede ser del 75% para mayores de 55 años cuando se prevé que pueden tener dificultades para encontrar ocupación en una actividad diferente a la habitual (este 20% se descuenta en el caso de encontrar un trabajo).  
  • Incapacidad Permanente Absoluta: impide al o la trabajadora la realización de cualquier tipo de trabajo o profesión. La prestación económica es una pensión vitalicia equivalente al 100% de la base reguladora.  
  • Gran Invalidez: se produce cuando el o la trabajadora necesita el apoyo de otra persona para para realizar las actividades fundamentales de la vida. La prestación económica consiste en una pensión vitalicia equivalente al 150% de la base reguladora (100% de la base reguladora más un 50% adicional por la necesidad de tercera persona). 

Requisitos para beneficiarse de la prestación contributiva por incapacidad permanente

Haber cotizado en la Seguridad Social y cumplir los requisitos que pide el Instituto  Nacional de la Seguridad Social (podéis consultar los requisitos, según el grado de incapacidad aquí). 

Solicitud de la prestación contributiva por incapacidad permanente
Para solicitar una prestación por incapacidad permanente o una indemnización por lesiones permanentes no invalidantes, podéis rellenar y/o imprimir el formulario apropiado y, una vez rellenado, enviarlo por correo ordinario o presentarlo en la Dirección Provincial correspondiente. 

Encontraréis los formularios y la documentación que hay que aportar para tramitar la prestación aquí.