PRESTACIÓN DE ATENCIÓN SOCIAL A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PUA)

La prestación de atención social a las personas con discapacidad (PUA) es una ayuda que proporciona y gestiona el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, que contribuye económicamente en los gastos provocados por la obtención de productos y actuaciones destinadas a promover la autonomía de las personas con discapacidad física, auditiva, visual, intelectual o mental, mejorando así su calidad de vida e integración social.

Tipología de las ayudas:  

Ayudas para movilidad

Ayudas para transporte: 

  • Transporte para la atención precoz 
  • Enseñanza reglada postobligatoria y formación ocupacional en centros autorizados para alumnos mayores de 16 años 

Ayudas para la autonomía personal y la comunicación por discapacidad física, auditiva, visual, intelectual o mental

Requisitos para beneficiarse de las ayudas PUA

  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En el caso de los menores de 4 años, deben tener un retraso en el desarrollo madurativo, cuya evolución pueda ocasionar una discapacidad residual según los criterios de los servicios de valoración y orientación. 
  • Empadronamiento y residencia legal en un municipio de Cataluña durante cinco años, dos de los cuales deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Las personas que no tengan nacionalidad española, o no sean ciudadanos nacionales de algún otro Estado miembro de la Unión Europea, deben acreditar la residencia mediante la autorización para residir que expide la Administración general del Estado.
  • En el caso de prestación para transporte para asistir a la atención precoz, el límite de edad queda establecido en 6 años.
  • Otras condiciones y requisitos que podréis consultar en el enlace que se proporciona más abajo. 

Los requisitos deben mantenerse en el momento en el que se reconoce el derecho a la prestación.

Solicitud de las ayudas PUA

Presentar la solicitud a cualquiera de las Oficinas de registro de entrada y salida de documentos. Hay que pedir cita previa.

También se puede presentar por correo postal.

Esta prestación está sujeta a un presupuesto anual y su tramitación tiene una fecha límite. Por ello, hay que estar pendientes de cuándo se publica la convocatoria para poder realizar la solicitud en las fechas correspondientes.

Plazo convocatoria 2020: del 11 de julio al 10 de septiembre de 2020, ambos incluidos.

Para más información y/o solicitud de la ayuda, podéis consultar aquí.