ECOM se suma a la conmemoración del Día Nacional en España de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Hoy nos sumamos a la conmemoración, por primera vez, del Día Nacional en España de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006, con el objetivo de contribuir a promover el conocimiento, la difusión y la toma de conciencia sobre esta Convención y sus principios, valores y mandatos, así como extender la cultura y la práctica de los derechos humanos en la esfera de las personas con discapacidad.
Esta conmemoración, sugerida por el CERMI Estatal, fue aprobada el pasado 22 de febrero por el Consejo de Ministros del Gobierno de España. La fecha del 3 de mayo se ha escogido porque es el día que la Convención entró en vigor, en 2008, tras alcanzar el número exigido mínimo de ratificaciones de Estados parte, entre ellos, España.
Lo que establece esta Convención es de obligado cumplimiento, ya que según establece la Constitución española, los Tratados Internacionales (como es el caso de la Convención), una vez han sido publicados oficialmente en España, pasan a formar parte de nuestro ordenamiento jurídico interno. Esta obligatoriedad se ve reforzada también por la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros acuerdos internacionales.
El gran valor de esta Convención es que promueve, protege y asegura el disfrute pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en todas las personas con discapacidad, y promueve el respeto a su dignidad inherente. Por eso es una herramienta con un gran potencial transformador, que debe ser el marco de referencia de todas las políticas públicas y legislaciones que se lleven a cabo en España en relación a las personas con discapacidad.
PRINCIPIOS GENERALES QUE RIGEN LA CONVENCIÓN
Los principios generales que rigen esta Convención son:
- El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas.
- La no discriminación.
- La participación y la inclusión plenas y efectivas en la sociedad.
- El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas.
- La igualdad de oportunidades.
- La accesibilidad.
- La igualdad entre el hombre y la mujer.
- El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y su derecho a preservar su identidad.
OBLIGACIONES DE LOS ESTADOS QUE LA HAN RATIFICADO
Los Estados que han ratificado esta Convención están obligados a:
- Asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad sin discriminación alguna por motivos de discapacidad.
- Adoptar todas las medidas que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la Convención y tener en cuenta, en todas las políticas y todos los programas, la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad.
- Tomar todas las medidas para modificar o derogar todas aquellas normativas o acciones que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad.
- Abstenerse de actos o prácticas que sean incompatibles con la presente Convención y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen conforme a lo dispuesto en ella.
- Tomar todas las medidas pertinentes para que ninguna persona, organización o empresa privada discrimine por motivos de discapacidad.
- Proporcionar información que sea accesible a las personas con discapacidad sobre ayudas a la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo.
- Promover la formación del personal que trabaja con personas con discapacidad, a fin de prestar una mejor atención y un mejor servicio.
Desde esta misma página, bajo la fotografía que acompaña esta noticia, os enlazamos al texto de la Convención, en español y catalán, así como a una versión en Lectura Fácil.