La Seguridad Social incluye 11 nuevas patologías para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad
La Seguridad Social ha anunciado la incorporación de 11 nuevas patologías al listado que permite anticipar la edad de jubilación a las personas trabajadoras con una discapacidad igual o superior al 45%.
La medida, anunciada ayer por la ministra Elma Saiz, permitirá que alrededor de 50.000 personas puedan adelantar su jubilación hasta los 56 años, sin que ello suponga una reducción en la cuantía de su pensión, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
¿Qué patologías se incorporan?
Las nuevas enfermedades que se incorporarán al Anexo del Real Decreto 1851/2009 —norma que desarrolla el artículo 161 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS)— son:
- Espina bífida
- Amiloidosis por transtiretina variante
- Párkinson
- Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert)
- Enfermedad de Huntington
- Enfermedad renal crónica estadio 5
- Esclerosis sistémica
- Lesión medular
- Degeneración corticobasal
- Atrofia multisistémica
- Parálisis supranuclear progresiva
La ampliación del listado responde a criterios técnicos y médicos que acreditan la gravedad y el impacto funcional de estas patologías, así como su incidencia en la trayectoria laboral de quienes las padecen.
Una medida de justicia social
El anuncio se produjo tras una reunión de trabajo con el presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Luis Cayo Pérez Bueno, en el marco de la semana en la que se conmemora el Día Mundial de las Enfermedades Raras.
Según ha señalado la ministra Elma Saiz, se trata de “una medida de justicia con miles de personas que padecen enfermedades de gravedad que les condicionan enormemente su día a día y que necesitan anticipar su edad de jubilación para equipararse al resto de trabajadores”.
Procedimiento técnico
El procedimiento ha sido coordinado por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS), que ha presidido una Comisión Técnica integrada por especialistas y representantes del Instituto de Salud Carlos III, el Consejo Médico Forense, la Sociedad Española de Medicina Interna, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y el Consejo Nacional de la Discapacidad.
Esta comisión ha analizado las solicitudes y ha elaborado los informes técnicos que han fundamentado la resolución favorable para la incorporación de las 11 nuevas patologías.
Requisitos para acceder a la jubilación anticipada
Una vez que el Gobierno modifique formalmente el Anexo del Real Decreto 1851/2009, las personas trabajadoras afectadas podrán jubilarse anticipadamente hasta los 56 años sin coeficientes reductores, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar en alta o en situación asimilada al alta en la fecha del hecho causante.
- Acreditar 15 años de cotización a lo largo de la vida laboral.
- Haber estado afectado durante al menos 5 años por alguna de estas patologías con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.
En estos casos, el periodo en que se adelante la edad de jubilación se computará como cotizado a efectos de determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora, lo que garantiza que no se reduzca el importe de la pensión.
Fuente
Información elaborada a partir de la nota de prensa publicada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones el 26 de febrero de 2026.

