Actualizadas al nuevo Código de Accesibilidad de Catalunya las Guías de ECOM de recomendaciones para defender el derecho a hacer accesibles los espacios comunitarios de los edificios

Publicamos la primera edición de estas guías en 2020

A raíz de la aprobación del nuevo Código de Accesibilidad de Catalunya a finales de 2023 y de su entrada en vigor, desde ECOM, hemos renovado las 'Guías de Recomendaciones para defender el derecho a hacer accesibles los espacios comunitarios de los edificios', que publicamos en 2020, actualizando sus contenidos con las novedades que el nuevo Código ha introducido sobre esta cuestión.

Estas guías editadas por ECOM en el 2020, y actualizadas ahora con las novedades del nuevo Código de Accesibilidad, recogen el proceso que tienen que seguir las personas para hacer accesibles los espacios comunitarios de los edificios de viviendas y eliminar las barreras arquitectónicas, así como los canales de denuncia a seguir en el caso de encontrarse con dificultades en su comunidad de vecinos.

 

Las novedades en lo que se refiere al nuevo Código de Accesibilidad

 

El nuevo Código de Accesibilidad era una normativa muy esperada, ya que regula muchos ámbitos como el espacio público, el transporte, la edificación y la vivienda..., y porque introduce muchas novedades y obligaciones dirigidas a la mejora de la accesibilidad universal. Una de estas novedades es el desarrollo de las obligaciones de las comunidades de propietarios, o del propietario único en caso de propiedad vertical, delante de la solicitud de obras de accesibilidad en los espacios comunes del edificio de viviendas. 

A pesar de que la ley empara a las personas con discapacidad, actualmente este derecho todavía no siempre se hace efectivo y todavía nos llegan casos de conflictos vecinales. Tal y como expusimos hace unos meses en el webinar sobre las "Novedades del Código de Accesibilidad de Catalunya en relación con la accesibilidad en los espacios comunes del edificio de viviendas", que realizamos el pasado 11 de julio y que está disponible en nuestro canal de Youtube, el nuevo texto normativo desarrolla los procedimientos y plazos desde la solicitud hasta la ejecución de las obras, introduciendo novedades, que ayudarán a evitar casos como los que hemos acompañado desde ECOM donde la comunidad de vecinos o propietario único (propiedad vertical) han tardado hasta 3 años en dar respuesta a las personas con discapacidad que habían solicitado hacer las actuaciones. 

Ahora, en el nuevo Código de Accesibilidad, frente a la solicitud de un vecino de poder llevar a cabo obras de accesibilidad en los espacios comunes, los plazos son muy claros. En el caso de una comunidad de vecinos, el plazo para responder es de hasta 4 meses, en el caso de obras menores, y de hasta 6 cuando sean obras mayores. Y, en el caso de propiedades verticales, de hasta 2 meses en obras menores y 4 meses en obras mayores.

Otra novedad es que se introduce el concepto de proporcionalidad económica de las actuaciones a hacer. En el caso de las comunidades de vecinos, por ejemplo, se introduce una relación entre el coste de las obras de accesibilidad a ejecutar y las cargas mensuales de las viviendas para hacer frente a esta obra en un periodo de 2 años. Es decir que, frente a una demanda de una persona propietaria de llevar a cabo obras de accesibilidad, se debe valorar el coste de las obras que se tendrían que ejecutar y calcular las cargas mensuales a las que tendrían que hacer frente cada una las viviendas en un periodo de 2 años. Y de acuerdo con estos cálculos, el código establece, con un porcentaje, cuál sería el máximo a asumir por cada vivienda. Si se supera este tope, la comunidad de vecinos puede negarse a ejecutar la obra. Frente un escenario así, el código establece también otras posibilidades para facilitar que la obra pueda ser ejecutada, como es el hecho de pedir ayudas de rehabilitación y/o que la persona que solicita la obra pueda asumir una parte del coste para que no se llegue a superar el máximo por vivienda que fija el código.

En el caso de las propiedades verticales (donde todas las viviendas son de un mismo propietario), se establece una relación entre el coste de las obras y el rendimiento anual del inmueble (además, se tiene en cuenta la duración del alquiler).

En este punto, desde ECOM prestamos atención y haremos seguimiento porque queda condicionado a una cuestión puramente económica el hecho de que se puedan llevar a cabo las obras de accesibilidad y que la persona con discapacidad pueda o no salir de su casa. Para que esta medida no sea discriminatoria hacia ninguna de las personas con discapacidad y mayores de 70 años serían necesarias políticas públicas como las ayudas de rehabilitación plurianuales, la aplicación de leyes como la de arrendamientos urbanos..., y otras cuestiones sobre las que haremos incidencia. 

 

3 guías disponibles, en función de la tipología de tenencia de la vivienda

 

Las guías de ECOM de recomendaciones para defender el derecho a hacer accesible los espacios comunitarios de los edificios son tres, una por cada tipología de tenencia de la vivienda, en tanto que las condiciones son diferentes en cada caso. Las tres tipologías de tenencia contempladas son: cuando la persona es propietaria de la vivienda, cuando la persona es inquilina o cuando la persona es inquilina en una propiedad vertical (es decir, cuando todas las viviendas son de una misma propietaria).

Las tres publicaciones recogen aspectos generales que se tienen que tener en cuenta, como por ejemplo en qué supuestos la comunidad de vecinos está obligada a corregir los problemas de accesibilidad, qué derechos tienen las personas con discapacidad física y/o orgánica o qué ley ampara al colectivo o qué criterios justifican si una obra de accesibilidad es o no proporcionada. Además, otro de los aspectos que también se detallan en las guías es cómo actuar cuando entre las personas implicadas no hay un acuerdo sobre la realización de las obras o cómo presentar una denuncia por infracción de las normas de accesibilidad, entre otras cuestiones. 

Estas guías las publicamos a raíz del alto número de consultas que ECOM recibíamos de personas con discapacidad física y/o orgánica en relación con esta problemática de poder realizar obras para poder hacer accesibles los espacios comunes de las viviendas. Las guías pretenden convertirse en un soporte para ellas con tal de que puedan defender el derecho a la accesibilidad a la vivienda, una cuestión que es vital para una vida autónoma e independiente.

 

El derecho a la vivienda, el tercer derecho más vulnerado detectado al informe RADAR ECOM durante el 2023

 

Según el Informe Radar ECOM 2023, publicado el pasado mes de julio, un 20% de las consultas que recibimos fueron sobre el derecho a la vivienda y, de estas, un 47% tuvieron que ver con problemas de accesibilidad a los edificios de las viviendas. Concretamente, se trataban de consultas relacionadas con el proceso para hacer mejoras de accesibilidad en los espacios comunitarios de los edificios donde viven las personas con discapacidad física y/o orgánica o con movilidad reducida. 

Delante de esta situación de vulneración del derecho a la vivienda que ha ido creciendo en los últimos años y la entrada en vigor del Código de Accesibilidad de Catalunya que introduce novedades en los procesos pera pedir estas actuaciones, desde ECOM hemos actualizado estas tres publicaciones que esperamos que ayudan a las personas con movilidad reducida a comprender fácilmente el proceso para hacer accesible los espacios comunitarios de las viviendas.

Acceso a las guías en formato digital