QUÉ HACER SI COMO FAMILIA HABÉIS ESCOGIDO LA OPCIÓN DE ESCUELA ORDINARIA Y DESDE ALGÚN ESTAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN OS ACONSEJAN COMO MEJOR OPCIÓN EL CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL (CEE)

Desde la publicación del Decreto 150/2017, de la atención educativa al alumnado en el marco de un sistema educativo inclusivo, esta situación no se debería dar. A pesar de esto, y si por algún caso os encontráis con ello, facilitamos las siguientes ideas y argumentos.

De entrada reiterar que la escuela inclusiva es un derecho, recogido en las normativas que os hemos enumerado en el apartado anterior, y estos son argumentos que os pueden ayudar y acompañar en la lucha por ejercer el mencionado derecho.

En primer lugar, os especificamos las referencias legislativas concretas: 

  • Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (concretamente, artículo 24: Derecho a la Escuela Inclusiva).  

  • Decreto 150/2017, de 17 de octubre, de la atención educativa al alumnado en el marco de un sistema educativo inclusivo: 

  • Artículo 17.1. Todos los alumnos se escolarizan en centros educativos ordinarios según lo que establece este Decreto y de acuerdo con el proceso de admisión vigente.
  • Artículo 17.4. La escolarización de los alumnos con necesidades educativas especiales requiere el reconocimiento de estas necesidades en el informe del EAP de reconocimiento de necesidades específicas de apoyo educativo y debe tener en cuenta las orientaciones descritas en este este informe.

  • Artículo 18.1. Excepcionalmente, los padres, madres o tutores legales pueden solicitar la escolarización de su hijo/a en un centro de educación especial.

  • Artículo 18.2. Únicamente los alumnos con discapacidades graves o severas que necesiten una elevada intensidad de apoyo educativo y medidas curriculares, metodológicas, organizativas o psicopedagógicas altamente individualizadas pueden ser escolarizados en centros de educación especial.

A continuación os transmitimos la siguiente estrategia para defender el derecho a la educación inclusiva de vuestros hijos o hijas. Es importante seguir el orden jerárquico siguiente:

  • Quien hace el informe de escolarización del alumnado con Necesidades Educativas Específicas (NEE) es el EAP (Equipo de Asesoramiento Psicopedagógico). En este se valora la tipología de recursos que precisa aquel alumno/a, para garantizar su escolarización de calidad y la modalidad de escuela que aconsejan. Esta es una valoración, pero no es la última palabra. Si después de la reunión con el EAP correspondiente, no estáis de acuerdo con su valoración o informe, entonces deberéis firmar un no acuerdo o disconformidad y pedir reunión con:

  • Inspección del Servicio Territorial correspondiente o Consorcio de Educación de Barcelona
  • Director/a del Servicio Territorial correspondiente o Consorcio de Educación de Barcelona.
  • Subdirección General de Educación Inclusiva del Departamento de Educación. 

  • Carta al Hble. Sr. Consejero de Educación.

  • Comunicar el caso al Defensor del Pueblo de Cataluña (Síndic de Greuges) y al Defensor del Pueblo del Municipio, en caso de que exista. Hay otros organismos específicos en materia de vulneración de derechos, como la Oficina para la No Discriminación (OND) y la Oficina de Atención a la Discapacidad (OADIS), donde podréis asesoraros y/o interponer la denuncia o queja.

  • Si después de estas acciones no se ha resuelto la situación de forma positiva, tenéis la posibilidad de acceder a la vía judicial. Recomendamos que un/a profesional os asesore sobre la viabilidad de reclamar por esta vía. Si pertenecéis a una asociación, posiblemente os podrán orientar sobre qué despacho os puede llevar el caso, incluso existen asociaciones que tienen convenios con despachos específicos. Este paso es importante, porque facilita dirigirse al/la profesional especializado/a para obtener así los mejores resultados.

  • Finalmente podéis valorar también dirigiros a los medios de comunicación especializados del sector de la discapacidad y/o a los genéricos para denunciar públicamente que se ha vulnerado un derecho (podéis utilizar el apartado «cartas al director»). También podéis ejercer presión a través de las redes sociales, siempre que primero hayáis realizado los pasos previos, pudiendo acreditar que efectivamente los hechos se han producido (tener la reclamación previa), con tal de evitar posibles problemas de injurias o calumnias.