REDUCCIÓN DEL IVA EN LA ADQUISICIÓN DE UN VEHÍCULO
Las personas que compren un vehículo a motor destinado a transportar habitualmente a una persona con discapacidad y movilidad reducida, sea o no el conductor/a, tienen derecho a tramitar una reducción del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) del 4%. También se incluyen las sillas de ruedas con motor.
También existe una reducción del 50% de la base imponible del impuesto para familias numerosas (3 o más hijos, o 2 o más hijos cuando uno de ellos tiene una discapacidad). Deben ser vehículos automóviles de 5 a 9 plazas para su uso exclusivo (artículo 66.4 de la Ley 38/1992).
Es necesario presentar la solicitud antes de adquirir el vehículo.
Requisitos que se aplican para beneficiarse de la reducción de IVA en la adquisición de un vehículo
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Personas que adquieren vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad (en silla de ruedas o movilidad reducida).
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Si no es la primera vez que el/la solicitante se acoge a esta reducción, deben haber transcurrido cuatro años desde la anterior (a no ser que el vehículo adquirido esté de baja definitiva).
Dónde tramitar la reducción de IVA en la adquisición de un vehículo
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Contactad con la Delegación de Hacienda (Agencia Tributaria) que os corresponda por municipio para realizar el trámite.
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Realizar el trámite de forma telemática a través de la web de la Agencia Tributaria, aquí.