DERECHO A LA PROTECCIÓN SOCIAL

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU especifica en su artículo 28 que los Estados miembro reconocen el derecho de las personas con discapacidad a un nivel de vida adecuado para ellas y sus familias, lo cual incluye alimentación, ropa y vivienda adecuados, así como a la mejora continua de sus condiciones de vida, y deben adoptar las medidas pertinentes para salvaguardar y promover el ejercicio de este derecho sin discriminación por motivos de discapacidad.

Es muy importante que las familias con hijos e hijas con discapacidad tengáis constancia de los servicios, recursos, ayudas, programas y prestaciones que existen dirigidos a las personas con discapacidad, porque de esta manera podréis ejercer este derecho y, al mismo tiempo, seguir reivindicando y/o presionando a la Administración Pública para mejorar o crear nuevas actuaciones que promuevan un nivel de vida adecuado y protección social.

 

INFORMACIÓN Y RECURSOS

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES