Vivienda

Dues dones vivint a casa

La vivienda es un derecho fundamental y una condición indispensable para desarrollar un proyecto de vida independiente y participar plenamente en la comunidad. Disponer de una vivienda adecuada permite, además, hacer efectivos otros derechos como la salud, la educación, el trabajo o la participación social.

Entendemos que una vivienda digna y adecuada para las personas con discapacidad física y orgánica debe ser:

  • ACCESIBLE, garantizando la accesibilidad universal tanto en el interior de la vivienda como en los espacios comunes del edificio y en su entorno.
  • ASEQUIBLE, teniendo en cuenta los sobrecostes asociados a la discapacidad, para evitar que estos limiten el acceso o el mantenimiento de una vivienda digna, segura y adecuada.

Reivindicamos nuestro derecho a decidir libremente dónde, cómo y con quién vivir, en igualdad de condiciones con el resto de la ciudadanía y con independencia del régimen de acceso a la vivienda, ya sea alquiler, propiedad, cesión de uso u otras fórmulas.

Exigimos políticas públicas que incrementen la disponibilidad de vivienda accesible y asequible, especialmente dentro del parque público, y que impulsen la rehabilitación y adaptación del parque de vivienda existente. La accesibilidad debe incorporarse desde el diseño en las nuevas promociones y garantizarse también mediante medidas que faciliten las adaptaciones necesarias en las viviendas y edificios existentes.

La accesibilidad del entorno residencial debe ir más allá de la propia vivienda. Poder acceder a los hogares de familiares, amistades y otras personas de nuestra red social forma parte también del derecho a participar en la comunidad y desarrollar nuestras relaciones personales en igualdad de condiciones.

El acceso a una vivienda debe acompañarse, cuando sea necesario, de los apoyos y servicios que permitan vivir de manera independiente y mantener el control sobre la propia vida, de acuerdo con las necesidades y preferencias de cada persona.

Garantizar el derecho a la vivienda requiere la corresponsabilidad de las administraciones públicas y de los agentes privados, así como políticas integrales, recursos suficientes y medidas concretas que permitan a las personas con discapacidad acceder a una vivienda adecuada, mantenerla y desarrollar en ella nuestro proyecto de vida.

Este artículo está vinculado al Artículo 19 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, 2006.